Page 224 - 100 años en femenino
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Pedro Menchón
Comedor de Auxilio Social
Lorca, 1945
Archivo Municipal de Lorca
forma para convivir una pareja que la de casarse y aún por la Iglesia, y que el sacerdote leía a los esposos justo antes de declararlos marido y mujer. Las señoritas de la Falange iban más lejos y decían, repetían y escribían en sus panfletos, que nos entregaban cuando nos daban clases de urbanidad y sociedad: «La mujer ha de hacer en todo momento lo que le mande el marido, que es quien la ha elegido y que para esto tiene una inteligencia teórica y con capacidad de mando. La nuestra, nuestra inteligencia, es más dada a lo práctico, y en consecuencia poco sabe de sabias decisiones».
Para las mujeres no existía tener o no tener razón, querer comportarse de un modo distinto al establecido, decidir estudiar o trabajar si el marido se negaba a ello, tener su pro- pia economía aunque hubiera heredado una fortuna, abrir cuentas bancarias o pretender conseguir cualquier tipo de documento que no viniera sellado con el plácet del marido. Nuestra capacidad civil patrimonial era nula.
El mundo en que vivíamos, cerrado en sí mismo y orgullo- so de que así fuera, nos hacía desconocer lo que ocurría en otros países de los que teníamos una vaga noticia por el cine, la literatura y el viaje de algún privilegiado que se permitía cruzar la frontera con su mujer, a la que había dado el per- tinente permiso para obtener pasaporte y visados. Es como si siempre hubiéramos sido lo que éramos hasta el siglo xix, como si nuestro reciente pasado de progreso, breve, todo hay que decirlo, pero real, de los años de la República que nos concedió el voto, el divorcio, la igualdad, la libertad y la justicia, nunca hubiera existido.
Poco cambiaron para nosotras las cosas a lo largo de los cua- renta años de dictadura por más que algunos hombres, por supuesto, afirmen ahora que en el tardofranquismo se nor- malizaron las condiciones generales y por tanto también las de la mujer. Es cierto que en 1958, casi veinte años des- pués del final de la Guerra Civil, se produjeron modifica- ciones en el régimen civil de la mujer y en los años sesenta sobre su acceso a nuevas profesiones pero solo sirvió para que muchas de ellas le fueran vetadas. Es cierto que se rela- jaron un tanto las costumbres, pero no las leyes, es decir, que si en la práctica podíamos no ser castigadas por un adulterio, por ejemplo, que estaba penado con la pérdida de los hijos y una condena que podía llegar a los tres años de cárcel (nunca más de tres meses para los hombres), todo podía quedar en menos dependiendo de la benevolencia del marido. Es cierto
225—Rosa Regàs Transformación de la sociedad